EL DERECHO CORPORATIVO
CONCEPTO DE DERECHO CORPORATIVO
Estudia las normas
relativas a la empresa y su actividad empresarial; conjunta factores de la
producción en una relación organizada para cumplir con los ciclos económicos.
Sus normas son
disímbolas y derivan de las diversas categorías de derecho, partiendo de
posturas interpretativas para resolver problemas particulares.
La empresa como
institución no ha sido definida unánimemente, y las normas del derecho asimilan
el concepto al de sociedad mercantil y esta es sujeto de derecho, cuenta con
patrimonio separado al de los socios, y reconocida por una ficción jurídica
como una entidad o persona moral.
El Código Civil
establece que la persona moral o jurídica existe por reconocimiento del Estado,
goza de derechos y obligaciones que fijan las leyes; es la fracción IV del
artículo 25 establece que son personas morales las sociedades civiles y
mercantiles; el artículo 26 señala que, las personas morales puedan ejercitar
todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su
institución y de acuerdo al artículo 27, obran y se obligan por medio de los
órganos que las representan, sea por la disposición de la ley o conforme a las
disposiciones relativas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos.
Las primeras
instituciones que rigieron a la empresa derivaron del derecho civil, evolucionando
al derecho mercantil, derecho administrativo y el derecho económico; la
personalidad jurídica de la empresa se va construyendo sobre instituciones
preexistentes o sobre yuxtaposiciones concebidas para distintos modelos
económicos.
El derecho regula las
transacciones mercantiles mediante sus propias normas, como una rama autónoma.
En México el derecho
mercantil se estructura de manera diferenciada y autónoma del derecho civil;
regulando al comerciante y a la empresa bajo el denominado criterio subjetivo,
así como el acto de comercio, bajo el denominado criterio objetivo; considera a
la empresa como un negocio jurídico con elementos incorporales y corporales; toda
empresa se manifestará por una negociación mercantil.
CONCEPTO DE EMPRESA
Combinación de
recursos y organizarlos para la producción, se describe su operación y
funcionamiento una vez organizados.
El Código de Comercio regula
los actos de comercio y al sujeto que efectúa actividades mercantiles, pero lo
preponderante es el acto de comercio, siendo un comerciante, las personas que
accidentalmente, con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de
comercio, aunque no son en derecho comerciantes, quedan, sin embargo, sujetas
por esas operaciones a las leyes mercantiles.
La Ley de Concursos
Mercantiles asimila el concepto de empresa al de sociedad mercantil.
La Ley de Navegación,
define lo que entiende por empresa naviera.
La Ley de Cámaras
Empresariales y sus Confederaciones entiende como comerciante a las personas
físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades de
comercio, servicio y turismo que se encuentren establecidos y bajo un régimen
fiscal.
Empresa es una persona
moral con actividades mercantiles, siempre y cuando tal persona moral esté
establecida.
La Ley General de
Sociedades Mercantiles, no otorga concepto o definición, se limita regular sus
requisitos de constitución, operación y funcionamiento.
El Reglamento de la
Ley de Inversiones Extranjeras entiende por sociedades a las personas morales
civiles, mercantiles o de cualquier otro carácter constituidas conforme a la
legislación mexicana; no se considera como empresa a la sociedad civil, sino
que el acto realizado se considera como una operación de comercio accidental; sólo
en esos casos se puede entender que una sociedad civil pueda entenderse como
una empresa.
El Código Fiscal de la
Federación define a la empresa como la persona física o moral que realice
actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras y
silvícolas, ya sea directamente, a través de fideicomiso, o por conducto de
terceros, y por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que
se desarrollen parcial o totalmente las citadas actividades empresariales.
La Ley del Impuesto
Sobre la Renta define a la persona moral como las sociedades mercantiles, los
organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades
empresariales, las instituciones de crédito y las sociedades y asociaciones.
La Ley Federal del
Trabajo, define a la empresa como la unidad económica de producción y
distribución de bienes y servicios.
La Ley Federal de
Protección al Consumidor, ésta define al proveedor como la persona física o
moral que habitualmente ofrece, distribuya, vende, arrienda o concede el uso o
disfrute de bienes, productos o servicios.
Para efectos del
Derecho Corporativo, empresa es una sociedad mercantil..
CONTENIDO DEL DERECHO CORPORATIVO
La primera área de estudio son las sociedades
mercantiles:
·
Su constitución y funcionamiento en general.
·
Las distintas clases que la legislación mexicana
reconoce.
·
Los elementos que hacen posible que exista y sea
válida en el ámbito jurídico.
·
El concepto de cada una de ellas.
·
Las obligaciones y derechos que los socios
tienen dentro de ella, dependiendo del tipo al que pertenezcan.
·
Los órganos de cada una de ellas.
·
Los tipos de socios que pueden existir, así como
su ingreso y exclusión a la misma.
·
Las razones por las que se puede disolver y la
forma que procede su liquidación.
La norma que las
regula es la Ley General de Sociedades Mercantiles.
La Asociación Civil y
la Sociedad Civil entran en el campo del derecho corporativo debido a que
realizan actividades muy similares a las sociedades mercantiles y en esencia
persiguen de igual forma un objetivo en común; sin embargo, la forma en que la
ley les permite perseguir dicho objetivo y la modalidad del objetivo, son lo
que las hace diferentes. Sobre estas dos figuras estudiaremos:
·
La forma en que nacen a la vida jurídica.
·
Los requisitos que deben de cumplir para ser
existentes y válidas.
·
El concepto de cada una de ellas.
·
Las obligaciones y derechos que los socios
tienen dentro de ella, dependiendo del tipo al que pertenezcan.
·
La administración de cada una de ellas.
·
Los tipos de socios que pueden existir, así como
su ingreso y exclusión a la misma.
·
Las razones por las que se pueden extinguir.
Nuestra atención se
centra en las actividades mercantiles que la empresa realiza; actos de comercio
y a los comerciantes; y la negociación mercantil.
Existen dos actos de
comercio de gran importancia los títulos de crédito y a las operaciones
bancarias.
GENERALIDADES DE LAS SOCIEDADES
MERCANTILES
SOCIEDAD. Su concepto y sus clases
Sociedad puede ser
definida como una agrupación de personas, permanente o transitoria, voluntaria
u obligatoria, la cual se organiza para aportar bienes o servicios destinados a
la realización de un fin común, y a la que el derecho atribuye o niega
personalidad jurídica.
Permanentes o
Transitorias. Lo que determina la permanencia o la transitoriedad de una
sociedad es, el fin para el cual fue constituida.
Voluntarias y
Obligatorias. Hay casos en el que el legislador impone a los gobernados la
obligación de asociarse.
De Aportación de
Bienes y de Aportación de Servicios. La aportación de bienes a un fondo social
no es una característica esencial de todas las sociedades. Hay cuyos fines
consisten en prestar servicios comunitarios, culturales, de defensa de los
intereses de sus asociados o de cualquier otra naturaleza análoga.
SOCIEDADES DE ACUERDO A SUS FINES
·
De beneficencia. Cuyo fin, es prestar servicios
humanitarios, culturales, etc., a la comunidad.
·
Con fines no lucrativos. Cuyo fin no tenga un
carácter preponderantemente económico, ni constituya una especulación mercantil.
·
Con fines preponderantemente económicos que no
constituyan una especulación comercial.
·
Con fines preponderantemente económicos que
constituyan una especulación comercial.
CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES
MERCANTILES
Las sociedades
mercantiles suelen clasificarse en:
·
De Personas. Se constituyen atendiendo a la
calidad de las personas que las integran, cuyos nombres forman el nombre de la
sociedad (razón social).
·
De Capitales. Su constitución atiende al monto
de las aportaciones que los socios realizan. Existen al amparo de un nombre
(denominación social).
·
Mixtas. Participan de las características tanto
de las sociedades de personas como de las de capitales, por cuanto su nombre
(razón social) se forma con el de los socios.
·
Elásticas o Flexibles. Pueden destacar las
características de las denominadas sociedades de personas o sociedades de
capital.
·
Cerradas. Sociedades anónimas cuyas acciones son
propiedad de un grupo pequeño de socios.
·
Abiertas. Sociedades anónimas cuyas acciones se
cotizan en bolsa.
·
Regulares. Constitución formalizada en escritura
pública e inscrita en el Registro Público del Comercio.
·
Irregulares. No están inscritas en el Registro
Público del Comercio, consten o no en escritura pública.
·
De Hecho. Se constituyen por escrito pero no en
escritura pública.
·
Incompletas. Sociedades regulares o irregulares
que les falta uno o varios de los requisitos legales de constitución.
·
Aparentes. Son las constituidas por un solo socio
y en las que figuran uno o varios simuladores, sin verdadero interés económico
y jurídico en la sociedad.
·
Durmientes. Formalmente constituidas e inscritas
en el Registro Público de Comercio que no llegan a funcionar.
·
Ocultas. No se exteriorizan como tales frente a
terceros.
·
De Participación Estatal. Participa el Estado
como socio.
·
Controladoras. Son las que controlan el capital
social de otra u otras sociedades mercantiles que en conjunto constituyen un
grupo.
·
Controladas. Su capital social es controlado por
otra sociedad mercantil.
LEGISLACIÓN APLICABLE A LAS
SOCIEDADES MERCANTILES
La constitución,
organización y funcionamiento de las sociedades tiene su fundamento en el Art.
9 Constitucional que consagra el derecho de libertad de asociación.
Ordenamientos de
carácter federal:
·
Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). Regula
la constitución, organización, funcionamiento, disolución y liquidación de las
siguientes sociedades mercantiles: EN NOMBRE COLECTIVO; EN COMANDITA SIMPLE; DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA; ANÓNIMA y EN COMANDITA POR ACCIONES.
·
Código de Comercio. Conducente a los actos y
contratos mercantiles y juicios entre comerciantes.
·
Código Civil para el Distrito Federal. Supletorio
a las sociedades mercantiles, actos, convenios y contratos de naturaleza
comercial.
·
Ley de Inversión Extranjera. Reglas para la
estructuración del capital de las sociedades en las que participe la inversión
extranjera.
·
Ley del Mercado de Valores. Aplicable a
sociedades cuyas acciones o valores cotizan en bolsa.
·
Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos. Regula
los juicios concursales de comerciantes.
·
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Aplica a los títulos representativos de las participaciones de los socios en el
capital social (acciones y partes sociales) y ciertas operaciones de crédito
reservadas a las sociedades anónimas.
·
Ley de Monopolios. Sanciona las actividades que
constituyen prácticas desleales de comercio.
EL CONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL
ORIGEN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Las sociedades
mercantiles tienen su origen en un contrato, en una escritura pública hecha ante
notario o corredor público; tiene un contenido legislativo el cual provee las
normas que regularán las actividades de la sociedad, y las estipulaciones que
las partes determinan.
Este contrato de
sociedad produce una serie de derechos y obligaciones entre las partes y hacia
un tercero.
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL
CONTRATO DE SOCIEDAD
Para que el contrato
de sociedad exista y sea válido, debe cumplir con tres requisitos: el
consentimiento; aportaciones, y el fin social.
CONSENTIMIENTO. Es el
acuerdo de voluntades de los socios, que tiene como propósito la creación,
transmisión, modificación y extinción de derechos y obligaciones.
APORTACIONES. Para sean
objeto-prestación se requiere que sean física y jurídicamente posibles.
FIN SOCIAL. Conjunto
de operaciones y negocios que constituyen la actividad especializada de las
personas morales. .
FORMA. Deben
constituirse en escritura pública ante notario y corredor público.
Reflexión Personal.
El derecho corporativo es
el resultado de la necesidad de regular jurídicamente las actividades de las
empresas; es el estudio en conjunto de varias ramas del derecho, aplicadas para
la resolución de un problema en particular dentro de las organizaciones.
El concepto de empresa no
se encuentra definido por la legislación mexicana, en cambio se definen sus
formas y sus actos, los derechos y las obligaciones a las que están sujetas, la
empresa surge del reconocimiento que le otorga el estado a las asociaciones
como un ente independiente de sus socios, con patrimonio propio y con un fin
específico.
En nuestro país existen
varias leyes que de manera conjunta regulan la vida de las organizaciones,
teniendo su origen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
en el artículo 9, donde consagra el derecho de libertad de asociación.
Para fines de estudio del
derecho corporativo las asociaciones que nos interesan son las dedicadas a
actividades mercantiles, aun cuando el fin de dicha no sea de carácter
mercantil, es decir, que sea una asociación civil o una sociedad civil, entran
en el campo del derecho corporativo debido a que se manejan de forma similar a
las sociedades mercantiles en la forma de conseguir sus objetivos.
En resumen una empresa es
el resultado de una negociación mercantil.
Las áreas que conforman
el derecho corporativo son:
·
Derecho Societario.
·
Derecho Civil.
·
Código de Comercio.
·
Derecho Laboral.
·
Derecho de Propiedad Intelectual.
·
Competencia Económica.
·
Mercado de Valores.
·
Derecho Fiscal.
·
Derecho del Consumidor.
·
Inversión Extranjera.
·
Derecho Penal.
·
Ley de Concursos Mercantiles.
·
Y las que apliquen.
Cada una de estas partes
ayuda a la solución de casos particulares dentro de las corporaciones, regulan
y determinan derechos y obligaciones.
Existen varios tipos de
sociedades y formas de clasificarlas:
·
Permanentes o transitorias.
·
Voluntarias y Obligatorias.
·
De beneficencia.
·
Lucrativas y no lucrativas.
·
De personas.
·
De capitales.
·
Mixtas.
·
Elásticas o Flexibles.
·
Cerradas.
·
Abiertas.
·
Regulares.
·
Irregulares.
·
De hecho.
·
Incompletas.
·
Aparentes.
·
Durmientes.
·
Ocultas.
·
De Participación Estatal.
·
Controladas.
·
Controladoras.
Para que una sociedad
mercantil sea considerada como tal ante la ley, debe de cumplir con requisitos
legales, el origen de las sociedades mercantiles se establece mediante un
contrato, en dicho contrato se debe de establecer el consentimiento de las
partes involucradas, las aportaciones de los asociados, y el objeto motivo de
asociarse; todo esto debe ser realizado ante notario o corredor público.
En conclusión, las sociedades mercantiles,
llámense empresas; son el motor de la economía de los países, generan
desarrollo e inversión, son fuentes de empleos, al estar constituidas de manera
legal, brindan a sus empleados derechos que la ley otorga a los trabajadores.
Así pues; al ser de suma
importancia para el desarrollo de un país el establecimiento de sociedades
mercantiles, es de igual manera importante, regular los actos que realizan
estas; de ahí que el estudio del Derecho Corporativo tenga relevancia hoy en
día.
Para los Maestros en
Administración de Negocios es fundamental el conocimiento de esta materia, ya
que de esta forma, se contará con las herramientas necesarias para poder
conducir las empresas de una manera adecuada, legal y en base a principios de
derecho y ética.
Referencias:
GIMÉNEZ CAMACHO, R.
(2009, 09). Derecho Corporativo Mexicano. Derechocorporativo.com.mx. Obtenido
12, 2015, de http://derechocorporativo.com.mx/introduccion-al-derecho-corporativo-mexicano/derecho-corporativo-en-mexico/
HERNANDEZ RAUDA, E.
(2015, 12). Introducción al Derecho Corporativo. Uniteconline. Obtenido 12,
2015, de https://uniteconline.blackboard.com/bbcswebdav/pid-956549-dt-content-rid-14215423_1/xid-14215423_1<